jueves, 5 de noviembre de 2015

¿Qué es un autónomo I ? Trabajadores autónomos o por cuenta propia.



Trabajadores autónomos o por cuenta propia.

Según su Art. 1.1 del Estatuto del Trabajador Autónomo (Ley 20/2007, de 11 de junio, LETA), se define el trabajador autónomo como la persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta definición incluye a aquellos familiares del anterior que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, según sea establecido por el Estatuto de los Trabajadores /Art. 1.3 e).
Según su Arti.1.2, el concepto anterior se amplía con una relación no cerrada de colectivos a considerar dentro de la categoría de trabajador autónomo:

a)      Socios industriales de sociedades colectivas y comanditarias;
b)      Comuneros que integren comunidades de bienes y socios de sociedades civiles, salvo que su actividad se limite a la mera administración de los bienes puestos en común;
c)       Consejeros o administradores que ejerzan funciones de dirección y/o gerencia o quienes presten cualquier tipo de servicio, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, a sociedades mercantiles capitalistas en las cuales posean el control efectivo, directo o indirecto; o,
d)      Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADEs), según los define el Estatuto del Trabajo Autónomo.

LABORALIDAD ENCUEBIERTA (FALSO AUTONÓMO)
Situación en que se encuentra un trabajador que aparenta desarrollar una actividad por cuenta propia, aun habiendo cumplido los trámites necesarios para el inicio de actividad como empresario o profesional (altas en Hacienda y RETA de la Seguridad Social), pero que no trabaja según las condiciones antes señaladas que caracterizan una actividad empresarial o profesional.

ACTIVIDAD EMPRESARIAL O PROFESIONAL
Situación en que se encuentra una persona física o jurídica que desarrolla una actividad por cuenta propia, caracterizada por:
·         Buscar la obtención de lucro o remuneración , en contraposición al trabajo voluntario;
·         Ejercer dicha actividad de una forma planificada, no esporádica, corriendo con el riesgo y ventura de ésta, asumiendo los riesgos de la actividad; y,
·         Darse a conocer al mercado su actividad y deseo de captar clientes.

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